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Dudas con la LSSI

Iniciado por Nekorash, 15 de Enero de 2003, 10:09:30 AM

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Nekorash

                                Hola a todos. Vereis, tengo una duda sobre la LSSI. Me la he leido pero qué quereis que os diga, no me entero de ná (aquí es donde os pongo la típica excusa de que no soy de letras y tal...), así que agradecería que alguno de vosotros me echarais un cable.

Si no he entendido mal, la LSSI afecta sólo a páginas que proporcionen un beneficio económico, ya sea por publicidad, o por lo que sea, ¿no?. Pues bien. Resulta que estoy haciendo una página web para una asociación juvenil tipo ONG. El caso es que en la sección de colaboraciones quieren poner sus datos bancarios para que el que lo desee pueda ingresar un donativo. Así que no se si esto se considera una actividad económica que pueda verse afectada por la LSSI, por que no es publicidad, ni tampoco comercio electrónico. ¿Qué debería hacer?. Necesito ayuda, pues esto es bastante urgente.

Y en caso de que esta actividad sí se vea afectada por la dichosa ley, ¿qué debería hacer?. Creo que tendrían que poner los datos de la asociación en la web, pero no se si con sólo eso bastaría.

Espero que me ayudeis, por que no se a quien acudir, ya que estoy muy perdido... me imagino que si les mando un email al Ministerio diciendo "oiga, que no se si mi web cumple con la LSSI, me la echan un vistazo y me respondan" me peguen un palo que me dejen eslomao.

Aihsss.... con lo fácil que era todo antes de la LSSI....


Un saludo a todos.                                

Mars Attacks

                                Hmmm me cuesta un poco cargar con la responsabilidad de dar una respuesta y que ésta no esté equivocada, pero veamos. La LSSI, como bien dices, afecta a las webs que vayan a recibir directa o indirectamente beneficios económicos. Si estáis inscritos en algún registro como organización no gubernamental podríais preguntar allí qué han hecho otras ONG, por si acaso, aunque me da la sensación de que sí os afecta.

Te recuerdo que en http://www.stratos-ad.com/tutoriales/archi...hivos/Ley34.doc

tienes el archivo doc de la ley. Nada mejor que consultarlo para ver si tu caso se adapta a alguno de los mencionados.                                

synchrnzr

                                Pufff... yo me la he leido pero el caso que presenta es un poco jodido... Creo que no debería afectarle siempre y cuando los miembros de la ONG no cobren nada del dinero ingresado en esa cuenta, en caso contrario sí les afectaría.

sync                                

Mars Attacks

                                A ver, que ya estoy estudiando para mi examen de derecho del martes ;)
Según esto:
Los prestadores de servicios (etc etc) son empresas, organismos e instituciones que presten o promocionen un bien o servicio, cuando éste constituya una actividad económica.
El prestador tiene la obligación de notificar el nombre/nombres de dominio bajo el que presta sus servicios en el Registro Público en el que tuviera instricta su actividad comercial o institucional (e informar de los cambios en ese dominio).
También tiene que publicar en su web información sobre el nombre, la actividad de la empresa y otros datos para su identificación, e indicar claramente el precio de los servicios y bienes que suministra, impuestos aplicables y gastos de envío.

Así que, basándome en esto último y suponiendo que no cobráis por vuestro servicio (los donativos... podrían considerarse como un acto voluntario no imprescindible, así que no sería ánimo lucrativo), creo que no os afecta la ley. Ahora ya lo digo un poco más convencido =)                                

Mars Attacks

                                Vale, acabo de hacer el examen oral [inserte su chiste aquí] de derecho (SOBRESALIENTE  :o  8O  :D  :jaja:  8)  :loco:  :ojo:  8O  :!:  :X9:  :idea: ) y he aprovechado para preguntarle lo de la ONG. Me ha dicho que habría que justificar la cuantía y destino de esas donaciones.                                






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